El CIADI y sus fallos contra los países: TBI instrumentos de dominación del capital transnacional

Katiuska King

Parece que el fallo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial, contra Ecuador por la Ley 42-2006 pasó bastante desapercibido. Dicha Ley expedida en junio 2006 estableció que el 50% del excedente entre el precio de mercado y el precio pactado en el contrato de participación por los bloques que tenía a su cargo. Este cambio a los contratos procuraba mejorar la distribución de la renta petrolera para el Estado ecuatoriano al tener en cuenta la tendencia creciente del precio del petróleo y la pérdida de ingresos por parte del Estado en los contratos petroleros.

Algunos podrían decir que este cambio en la distribución del excedente de los contratos fue un atentado a la seguridad jurídica. Sin embargo, esta visión omite el rol del Estado de velar por el interés general. ¿Acaso no es una omisión más grande que el Estado se mantenga pasivo frente a una desigual distribución de un recurso no renovable de propiedad de todos sus habitantes? ¿No debería primar el bien común de todos los ecuatorianos y ecuatorianas? ¿El Estado es un ente para precautelar los intereses privados?

En otro reciente fallo cuestionable, el CIADI en una votación no unánime falló contra el Estado ecuatoriano por la caducidad del contrato de la OXY[1], al considerar la decisión de caducidad excesiva y “una expropiación”. Poco se dice sobre que el mismo contrato establecía la posibilidad de su caducidad por el traspaso de acciones a terceros sin el consentimiento del Estado ecuatoriano. Contradictoriamente, el fallo menciona que “Ecuador dictó el Decreto de Caducidad en violación del derecho ecuatoriano” (PGE, 2012). ¿Puede ser esto cierto si el artículo 74.11 de la Ley de Hidrocarburos le daba la opción al Ministro/a del ramo la posibilidad de declarar la caducidad del Contrato?

Tanto Burlington como la Oxy se valieron de los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) para presentar sendas demandas ante el CIADI, tratados que Ecuador aún mantiene vigentes. Si bien el Ecuador dejó de ser miembro del CIADI, desde el 2009,  y la Constitución prohíbe la posibilidad de arbitrajes de diferencias sobre inversiones, como el del CIADI, los TBI se mantienen vigentes y solo se ha denunciado oficialmente uno (Finlandia).

Los TBI son tratados unilaterales de imposición de intereses transnacionales que se van contra la doctrina Calvo que establece que las diferencias legales con empresas extranjeras se realicen de acuerdo a la jurisdicción nacional.

Argentina en su época dorada de privatizaciones fue la que más TBI firmó y actualmente tiene más demandas en el CIADI, ya que en plena crisis política y social procuró hacer política pública y encontrar alternativas económicas. El CIADI, utilizando a los TBI como instrumentos, ha fallado solo en cinco ocasiones de 231 casos cerrados contra países industriales, por lo tanto se ha convertido en fiel protector de los intereses de estos países.

Se renuncia a la legislación nacional bajo la lógica de que los capitales les hacen un favor a los países al invertir en sus países, cuando en verdad estos instrumentos restan margen de maniobra de política pública y ponen los intereses nacionales al servicio del gran capital.

Después de todo lo que se conoce de cómo actúan estas instituciones no se termina de entender por qué lo países siguen en el CIADI, y no terminan de denunciar los TBI, algunos países como Ecuador o Bolivia hicieron lo primero pero no terminaron de denunciarlos y otro ni se atreven a poner cuestionamiento este sistema perverso que pone en cuestionamiento políticas públicas de defensa de la vida y prevención del consumo de tabaco como Uruguay.

La Constitución ecuatoriana establece la posibilidad de arbitrajes regionales. UNASUR puede constituir un centro de arbitraje del sur, iniciativa actualmente impulsada por Ecuador.  Esperemos que esta iniciativa prospere y culmine con éxito.

Ante estos fallos es incomprensible la postura del gobierno frente a la denuncia de los TBI que mantiene el Ecuador. Y como la creatividad y los sofismas no tienen límite ahora se escucha hablar de los “tratados bilaterales de inversión para el desarrollo”.

Mientras el tiempo pasa se confirma la hipótesis de que autoridades ecuatorianas negociaron una no denuncia de los TBI para mantener vigente la posibilidad de la firma del acuerdo multipartes con la Unión Europea.

Notas consultadas


[1] El Estado debería pagar 1.769,6 millones de dólares más intereses.